Con fundamento en el artículo 12 del “Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide los Lineamientos para la gestión de tráfico y administración de red a que deberán sujetarse los concesionarios y autorizados que presten el servicio de acceso a Internet”, en lo sucesivo, “El acuerdo”; MESQUITE TECH, S.A. DE C.V. (en lo sucesivo “proveedor”) pone a disposición de sus usuarios el Código de Política de Gestión de Tráfico y Administración de Red (en adelante “Código) por el cual da a conocer los principios bajo los cuales implementa la gestión de tráfico y administración de red que presta a sus usuarios:
1.- DERECHOS DE LOS USUARIOS FINALES DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET
El servicio de acceso de internet se sujetará a los siguientes principios señalados en el artículo 145 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión:
El proveedor no limita el derecho de los usuarios del servicio de acceso a Internet a incorporar o utilizar cualquier clase de instrumentos, dispositivos o aparatos que se conecten a su red, siempre y cuando éstos se encuentren homologados, tomando en cuenta que no todos los dispositivos existentes en el mercado cuentan con las características técnicas para poder ser conectados a su red.
III. Privacidad. El proveedor preserva la privacidad de los usuarios y la seguridad de la red;
2.1 Administración de Direcciones IP
Una dirección IP es una dirección única que identifica a un dispositivo en internet o en una red local, con lo cual permite el intercambio de información en internet.
Los organismos internacionales asignan a los Proveedores de Servicios de Internet (ISP) direcciones IPs públicas para permitir que sus usuarios se comuniquen por internet. Considerando que las direcciones IP son un recurso escaso y limitado, se
vuelve necesaria su administración para optimizar su uso. Es por eso que el proveedor utiliza técnicas que permiten a múltiples dispositivos en una red local ser mapeados a una sola dirección IP Pública.
Los beneficios son:
En caso de que esta medida se elimine ocurrirá lo siguiente:
2.2 Administración de Routers
Los Router CCR administrados por segmentos VLAN que permiten la gestión adecuada del tráfico, así como la asignación de prioridades de tráfico, mantienen configuración personalizada en las reglas de queue simple y queue tree, de esa forma garantizar la asignación de ancho de banda a cada usuario y prioridad en la calidad de acuerdo con cada una de las necesidades.
De esta forma los Router CCR de servicio mantienen la comunicación activa con el sistema administrativo de suscritores para la perfecta administración automatizada, y garantizar toda la gestión correcta evitando actividades manuales que pongan el peligro el flujo adecuado de una administración correctamente centralizada.
Las recomendaciones para que los usuarios finales minimicen los riesgos a su privacidad y la de sus comunicaciones privadas son las siguientes:
El presente Código se apega a lo dispuesto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como en los Lineamientos para la gestión de tráfico y administración de red a que deberán sujetarse los concesionarios y autorizados que presten el servicio de acceso a Internet, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 5 de julio de 2021 y expedidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Versión 1.0, publicada el 27 de febrero de 2025.
El presente Código se apega a lo dispuesto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como en los Lineamientos para la gestión de tráfico y administración de red a que deberán sujetarse los concesionarios y autorizados que presten el servicio de acceso a Internet, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 5 de julio de 2021 y expedidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Versión 1.0, publicada el 27 de febrero de 2025.
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